Desde el comienzo de la crisis económica se ha producido un aumento progresivo de las inversiones extranjeras en nuestro país. Esto se debe a varias razones: España es un país de la UE, con cierto peso dentro de la zona EURO y con buenas relaciones con los mercados de Latinoamérica.
Madrid y Barcelona son los destinos preferidos por los inversores, que acaparan casi el 90% de la inversión extranjera.
China se ha convertido en la mayor fuente de inversión, durante 2015 las empresas chinas han invertido en España un 57% más que en el año anterior con una cifra de 850 millones de euros. Telecomunicaciones, turismo y el energía son los, sectores de actividad preferidos por el capital chino.
Sobre su tributación y posibles ventajas:
Un tema recurrente a lo largo de los últimos meses, es el tratamiento fiscal de las grandes fortunas y de las grandes empresas, en concreto las multinacionales con sede fuera de nuestro territorio.
Es motivo de polémica la tributación de las compañías multinacionales, especialmente las tecnológicas de origen estadounidense, conocidas por aplicar “tácticas fiscales agresivas” con el objetivo de lograr una menor tributación.
Desde Bruselas se quiere lanzar un plan de medidas con el objetivo de que las multinacionales de cualquier país estén sujetas a las mismas reglas y tipos impositivos que el resto de empresas y que paguen impuestos allí donde generen los beneficios.
En España, según los datos de la Agencia Tributaria en la declaración del impuesto de sociedades de 2014, los grandes grupos consolidados pagaron el 7,3% de sus beneficios, casi el doble de lo que pagaron en el año de 2011. A pesar de ello se estima que su tributación está en torno a un 30% por debajo de la del resto de empresas debido a las discrepancias en la legislación de cada país, por lo que queda un largo camino por recorrer en este sentido.
¿Existen beneficios fiscales a su favor? Los inversores chinos.
Ha existido durante bastante tiempo el rumor de que existía una regulación específica que beneficiaba la inversión a los inmigrantes chinos en comparación con cualquier ciudadano español. La realidad es que no existe ningún beneficio específico para los ciudadanos chinos o de cualquier otra nacionalidad, sus obligaciones con Hacienda son las mismas que las de cualquier otro ciudadano que inicie una nueva actividad.
Sí que podemos mencionar ciertas facilidades en cuanto a la obtención de la residencia en España.
Las inversiones de capital extranjero de valor igual o superior a 2 millones de euros, con una serie de requisitos, dan derecho a la obtención de un visado.
Del mismo modo por la inversión inmobiliaria de valor igual o superior a 500.000€ puede obtenerse la residencia en España.
¿Cómo operan una empresa extranjera?
Cuando una empresa o una persona física extranjera quiere desarrollar una actividad económica dentro del territorio español, lo más habitual, es hacerlo mediante la apertura de un establecimiento permanente (en adelante E.P.).
Se considera establecimiento permanente cuando existen instalaciones o lugar donde se realiza toda la actividad, o se actúa mediante representante autorizado para contratar en nombre de la entidad no residente.
Los E.P. están sometidos al mismo tratamiento que las sociedades mercantiles; darse de alta en actividad en Hacienda, están obligados a llevar contabilidad separada de la de la matriz, y a presentar la declaración del Impuesto de la renta de los no residentes.
De acuerdo con la legislación vigente, los no residentes que obtengan rentas mediante un E.P. tributarán por el total de renta imputable al E.P. Según las disposiciones del régimen general del impuesto sobre sociedades, con tres particularidades concretas:
-No son deducibles con carácter general, los pagos efectuados a la matriz en concepto de canon, intereses, comisiones, servicios de asistencia técnica o cesión de bienes y derechos.
-La deducción de los gastos de dirección y generales de administración están condicionados a una serie de requisitos.
-Se aplicarán las normas de las operaciones vinculadas establecidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades a las operaciones realizadas con matriz, con otro establecimiento permanente, o con otras personas o entidades vinculadas estén situados en territorio español o en el extranjero.
Convenios de doble imposición
España tiene suscritos en la actualidad alrededor de un centenar de convenios de doble imposición, su objetivo es evitar el doble gravamen por un mismo hecho imponible, la lucha contra el fraude y promover la inversión extranjera.
Con este tipo de convenios lo que se busca es evitar que una misma renta sea gravada en dos Estados diferente por un impuesto similar.
Se ha de buscar un equilibrio entre las medidas para fomentar la inversión de capital extranjero en nuestra economía, al tiempo que se logre establecer una política fiscal equilibrada para todos los contribuyentes, de forma que pueda establecerse unas condiciones de competencia en el mercado igualitarias. Esto supone tener que revisar desde las normas de creación de empresas, a la libertad de horarios comerciales y la presión fiscal. Este es un problema que afecta no sólo a nivel nacional o europeo sino a nivel mundial. La OCDE y la Unión Europea tiene este asunto sobre la mesa.
Jesús Santana Lorenzo
Equipo Fiscal Lex Consulting
Accounting Manager