
La caliza se talla en bloques exactos para levantar los edificios públicos. Frente a la Administración, cada escrito tiene que encajar en su plazo y en su sitio, o no sostiene nada.
«Frente a la Administración, el plazo es la primera batalla.»
Los procedimientos administrativos tienen plazos cortos y preclusivos: lo que no se alega a tiempo no se puede alegar después. Por eso el asunto hay que estudiarlo el día que llega la notificación, no la semana siguiente. Defendemos a empresas y particulares frente a sanciones, expedientes de responsabilidad patrimonial, decisiones urbanísticas y resoluciones de cualquier Administración, en vía administrativa y ante los juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo.
Muchos de estos asuntos tienen una segunda cara: la sanción administrativa que puede convertirse en procedimiento penal, la inspección que acaba en derivación de responsabilidad, la licencia que condiciona una operación mercantil. Como boutique de litigación, los tratamos con esa visión completa y con el mismo equipo.
Procedimientos sancionadores
Alegaciones, recursos y defensa en todas las instancias, incluida la frontera con la vía penal.
Responsabilidad patrimonial
Reclamaciones por daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos.
Urbanismo y licencias
Recursos frente a denegaciones, órdenes de restablecimiento y expedientes de disciplina urbanística.
Contratación pública y subvenciones
Impugnación de adjudicaciones y defensa en procedimientos de reintegro.
Contencioso-administrativo
Juzgados, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.
Cómo trabajamos
Calculamos el plazo el mismo día y fijamos la estrategia por escrito: qué se recurre, ante quién y con qué prueba. Si conviene pedir la suspensión del acto, la pedimos desde el primer escrito. Y mantenemos la coherencia entre la vía administrativa y la contenciosa, porque el expediente que se construye hoy es el que verá el tribunal mañana.
